miércoles, 15 de mayo de 2013

decalogo el perito en criminologia y criminalistica

El DR. RAFAEL MORENO GONZALEZ, ilustre forjador de los Servicios Periciales en México, formuló un “Decálogo del Perito”, que resume las normas, principios y tareas más relevantes del desempeño profesional:

DECÁLOGO DEL PERITO

I. SER CONSCIENTE DE LAS LIMITACIONES DE SU CAPACIDAD CIENTÍFICA.

Ser consciente de lo que se sabe y de lo que se ignora es de suma importancia en materia pericial. Equivale a tener una brújula que indique, ante un problema de esta especialidad, el camino a tomar, a saber: en caso de contar con la experiencia y los conocimientos necesarios que permitan su solución, proceder inmediatamente a ello; en caso contrario, procurarse de inmediato toda la información y la experiencia necesarias, absteniéndose entre tanto de dictaminar. Para tomar atinadamente estas decisiones, el perito deberá contar con un poder desarrollado de autocrítica.

II. SER METÓDICO, CLARO Y PRECISO EN SUS DICTÁMENES.

Al redactar su dictamen, el perito debe tener siempre presente que va dirigido a una persona no especializada en criminalística. En virtud, debe esmerarse en ser claro, preciso, conciso y sencillo. En fin, tendrá como norma el siguiente concepto de don Gregorio Marañón: “En el lenguaje esencialmente científico la única elegancia permitida es la claridad”.

III. MANTENER ACTUALIZADOS LOS CONOCIMIENTOS TÉCNICOS Y CIENTÍFICOS.

El perito tiene la obligación de mantener al día su información en materia de su especialidad, debiendo consultar para ello las más recientes publicaciones. Mantenerse al día exige, por lo tanto, estudio interrumpido.

IV. COLABORAR EFICAZMENTE CON LAS AUTORIDADES EN EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD.

La misión del perito consiste en auxiliar a los encargados de procurar y administrar justicia en el descubrimiento de la verdad histórica de los hechos. Esto significa que cualquier desviación al respecto, deberá encontrar en el experto la más rotunda negativa. Ciertamente el perito, fiel a su misión, ha de respetar y amar, ante todo y sobre todo, la verdad y justicia.

V. DICTAMINAR SOBRE CUESTIONES TÉCNICAS Y CIENTÍFICAS SIN EMITIR OPINIONES DE CARÁCTER LEGAL.

El perito no debe invadir cercados ajenos, no debe salirse del campo que le es propio. Debe limitar su actuación al terreno que le corresponde. Debe, tan sólo, aportar pruebas concretas, por lo común científicas y técnicas. Que quede claro: ¡El perito no es un juzgador!

VI. ACTUAR CON IMPARCIALIDAD, ACUCIOSIDAD, DEDICACIÓN Y PRUDENCIA.

El perito procurará desentrañar la verdad objetiva, el hecho objetivo, la cosa objetiva, sin deformarla ni tergiversarla para ceder a inclinaciones personales o a intereses inconfesables. Además, procederá con buen juicio, sin precipitaciones, sin audacias inconvenientes y pueriles, con extremo cuidado y total entrega.

VII. APLICAR LOS MÉTODOS Y LAS TÉCNICAS DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD.

Los problemas de orden criminalístico que el perito tiene que resolver, requieren de él determinada postura intelectual, caracterizada por una actitud critica, que sólo admite conclusiones cuando éstas se basan en la verificación. El propio perito procurará establecer firmemente el procedimiento general que debe seguir, el orden de las observaciones, experimentaciones y razonamientos. Una vez establecido el camino general por recorrer, señalará los procedimientos particulares o técnicas, en su mayoría de orden instrumental, que deberá aplicar para tal fin. En suma, el perito deberá proceder con todo rigor científico.

VIII. FUNDAR SUS CONCLUSIONES SOBRE LA VERIFICACIÓN DE LOS HECHOS.

El perito siempre deberá verificar empíricamente sus enunciados, ya sea por medio de la observación o de la experimentación. Es importante hacer notar lo siguiente: la criminalística, como todas las disciplinas, necesita de la racionalidad, es decir, necesita que sus enunciados sean coherentes y no contradictorios. Sin embargo, ésta, con ser una condición necesaria, no es suficiente en el caso de las disciplinas fácticas (referentes a hechos), entre las que se cuenta la criminalística, sino que se les impone la exigencia de que los enunciados o hipótesis de que parten, así como las conclusiones a las que llegan, sean verificables por medio de la experiencia.

IX. ESCUCHAR Y PONDERAR ECUÁNIMEMENTE, CON ESPÍRITU ABIERTO, LAS OBJECIONES METODOLÓGICAS Y TÉCNICAS QUE CUESTIONEN SUS DICTÁMENES.

El perito deberá recibir de buena voluntad cualquier crítica que se haga a su dictamen, aceptando siempre lo que a la razón y a la verdad convenga. Con inteligencia y serenidad defenderá sus enunciados, respetando siempre las opiniones contrarias. Es fundamental excluir de la controversia estrecheces y prejuicios, así como evitar expresiones que puedan dar lugar a resentimientos.

X. SE EXCUSARÁ DE DICTAMINAR SÓLO POR RAZONES TÉCNICAS LEGALES O ÉTICAS.

El perito es un científico, no un mago la ciencia y la técnica, con todo y sus avances tienen aún sus límites “la criminalística, en ninguna de sus ramas, es arte adivinatorio, magia blanca ni superchería, sino una disciplina científica nutrida, sostenida y vigorizada por todas las ramas del saber humano”. Así cuando el perito se enfrenta a un problema cuya solución no éste al alcance de las posibilidades actuales de su especialidad o cuando por razones de hecho no cuente con los suficientes elementos de juicio, su deber es excusarse de dictaminar.

En cuanto a las razones legales y éticas por las que el perito debe excusarse de emitir su dictamen, casi todas ellas tienen que ver con la imparcialidad y con la serenidad de espíritu necesarias para dictaminar sin apasionamientos y con estricta objetividad. Entre dichas causas de excusar podemos citar el parentesco por consanguinidad o por afinidad del perito con el ofendido o con cualquiera de las partes en el proceso, así como sus relaciones de íntima amistad, de respeto, de gratitud o de amor a cualquiera de ellos o el hecho de tener motivos para guardarles odio o resentimiento. En cualquiera de éstas circunstancias, repetimos, es obvio que el dictamen del perito puede ser sospechoso de poca confiabilidad, por lo que la excusa de dictaminar es la solución mas razonable.

martes, 15 de enero de 2013

DECÁLOGO DEL PERITO (ACTIVIDADES)
La actividad del criminólogo se rige por los principios de convivencia y de legalidad democráticamente establecidos en la constitución.
En el ejercicio de si profesión tendrá en cuenta las normas sociales explícitas o implícitas del entorno en el que actúa, considerándolos como elementos y valorando las consecuencias que la conformidad o la desviación respecto a ellas puedan tener en su quehacer profesional.
El ejercicio de la Criminología se ordena a una finalidad social y humana, promoviendo el respeto a la vida, a la dignidad y a la libertad de la persona, pudiéndose expresar en los objetivos tales como: el bienestar, la calidad de vida, la justicia, la igualdad, la seguridad, la plenitud del desarrollo de las personas y los grupos tanto individual como socialmente.
Se rige por los principios universales y: respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de la responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación e instrumentos y técnicas, competencia profesional, solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales.
El criminólogo:
No realizará por sí mismo, ni contribuirá a prácticas que atenten contra la libertad física, moral o ideológica de las personas.
Tiene el deber de informar, al menos a los organismos colegiales, acerca de las violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de reclusión cruel, inhumana o degradante de que sea objeto cualquier persona y de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de su profesión.
Respetará la libertad ideológica, incluso los criterios y opiniones religiosas o morales, escala de valores e ideas personales de sus clientes, sin que ello impida su cuestionamiento cuando sea necesario y pertinente en el curso de una intervención.
No hará ninguna discriminación de personas en la prestación de sus servicios.
No aprovechará, para lucro o beneficio propio o de terceros, la situación de poder o superioridad que el ejercicio de la profesión pueda conferirle.
En sus informes, pericias y dictámenes escritos será sumamente cauto, prudente y crítico, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminadoras.
No prestará su nombre ni firma a personas que ilegítimamente, sin la titulación y preparación necesarias, realizan actos de ejercicio de la Criminología.
Denunciará los casos de intrusismo que lleguen a su conocimiento.
No encubrirá con su titulación actividades vanas o engañosas. DECÁLOGO DEL PERITO DE IRMA NELLY PRIULLI
Ser digno del título que haz logrado.
Ejercer la profesión con lealtad, dignidad, honestidad y amor.
Enriquece tu patrimonio intelectual y artístico pero no olvides que en cuestiones periciales el mejor maestro es la práctica constante.
En actuación pericial ser claro y preciso; gobierna la lengua y medita las críticas (escucha, observa y calla)
Aprecia la tolerancia, la cordialidad, bondad y alegría, un profesionista triste en un pobre profesionista.
Domina tu carácter sobre todo durante las audiencias, ahí se puede poner a prueba tu templanza, manteniéndote sereno frente a un revés.
No quieras ser más que el magistrado.
Define la justicia por el difícil camino de la verdad y con las investigaciones científicas, seguro de las convicciones que te dicte la razón.
Que tu mano no conozca la holganza.
Recuerda que siempre eres un auxiliar de la justicia.

jueves, 10 de enero de 2013

entre abogados te veras

les  sugiero  chequen este link  interesante  para  todos los  colegas abogados, de mexico.

http://www.podcast.com.es/episodios/entre-abogados-te-veas-19299131.html